CEAPA considera que puede ser una buena opción el nombramiento de Ángel de Miguel Casas como nuevo presidente del Consejo Escolar del Estado, pero rechaza el procedimiento elegido por el MECD para tramitar su nombramiento y no asistirá a la convocatoria.

CEAPA le quiere trasladar dos preguntas al Gobierno del Estado: ¿Qué parte no han entendido de «vivimos en una Democracia»?, y cuando hablan de pacto educativo, ¿quieren que nos lo tomemos a broma o es en serio que nos llaman estúpidos?
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CEAPA considera que puede ser una buena opción el nombramiento de Ángel de Miguel Casas como nuevo presidente del Consejo Escolar del Estado, pero rechaza el procedimiento elegido por el MECD para tramitar su nombramiento y no asistirá a la convocatoria.

CEAPA se ha manifestado en el sentido de entender que Ángel de Miguel Casas puede ser una buena opción para presidir el Consejo Escolar del Estado. Desde ese punto de vista, nada más que aportar, salvo desearle suerte en su mandato.
Pero, que el nombramiento no genere problemas con relación a la persona elegida, no significa que se puedan compartir los trámites seguidos para su nombramiento. CEAPA rechaza dichos trámites por considerar irregular la convocatoria recibida por parte del Consejo Escolar del Estado. Como puede verse en la misma, ésta tiene la firma de un “presidente sustituto”, figura inexistente en el Reglamento del Consejo.
El Real Decreto 694/2007, de 1 de junio, por el que se regula el Consejo Escolar del Estado, establece en su artículo 4.1 que “El Presidente será nombrado por real decreto a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, oído el Consejo Escolar del Estado, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito educativo.” CEAPA considera que este trámite de oír al Consejo puede quizás necesitar una reunión presencial, aunque es cuestionable, pero dicha reunión no puede ser convocada por una figura inexistente en el Reglamento y, además, tampoco que sepamos en el derecho Administrativo cuando hablamos de órganos colegiados que integran representantes del mundo social, como es el caso.
Hubiera sido deseable que el propio Ministro se hubiera reunido con el Consejo Escolar del Estado, convocándolo directamente, dado que está facultado para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para cumplir con lo dispuesto en el Real Decreto mencionado, entre lo que se encuentra nombrar al Presidente del Consejo tras oír a este órgano. La vía elegida no parece adecuada, sino contraria a norma.
Por otra parte, CEAPA no puede sentirse convocada a esta reunión mediante un documento que firma un representante de la patronal de la empresa privada, en especial por personas que demandan la desaparición del Estado como garante del derecho a la educación para que ésta quede en manos de la iniciativa privada, sin intervención alguna de dicho Estado. No parece coherente que personas del ámbito privado que plantean que la Administración pública debe ser solo mera pagadora de facturas de entidades privadas, pueda ser puestas, siquiera por un momento, al frente del máximo órgano de participación democrática en materia educativa, órgano que es dependiente de dicha Administración.
CEAPA, por lo anterior, no asistirá a la reunión mencionada, convocada para el 17 de noviembre en el Salón de Juntas del Consejo Escolar del Estado.
Madrid, 15 de noviembre de 2016